EURO-COBILERM · Regulación y Medida

Cuotas mínimas de biometano en las ventas de gas: qué propone el Real Decreto del MITECO

El MITECO somete a audiencia un Real Decreto que obliga a las comercializadoras a incorporar biometano: del 0,5 % en 2028 al 6 % en 2035.

Euro-Cobil 3 min

Una obligación de compra, no una subvención

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico abrió el 21 de mayo de 2026 el trámite de audiencia pública del proyecto de Real Decreto de impulso del biometano. Es la primera norma española que fija cuotas mínimas obligatorias de biometano en las ventas de gas natural, y cambia la lógica del sector: hasta ahora el biometano se apoyaba en ayudas a la inversión y en las garantías de origen; a partir de 2028 será una obligación de compra para quien vende gas.

Los sujetos obligados son las comercializadoras y los consumidores directos en mercado. La cuota se calcula sobre sus ventas de gas natural y de gas natural licuado para usos distintos del transporte. Quedan fuera de la base de cálculo los ciclos combinados y las cogeneraciones, los territorios insulares y el transporte por carretera, marítimo y aéreo, que ya tienen sus propios mecanismos.

La senda, año a año

El borrador arranca con una cuota simbólica y la multiplica por doce en siete años:

Año Cuota mínima de biometano
2028 0,5 %
2029 1,1 %
2030 1,8 %
2031 2,5 %
2032 3,3 %
2033 4,1 %
2034 5,0 %
2035 6,0 %

Según la memoria del proyecto, el 6 % de 2035 equivale a unos 10 TWh de biometano al año. Para situar la cifra: a principios de 2026 España tiene 23 plantas en operación, 21 de ellas inyectando en gasoductos existentes, con una capacidad conjunta de unos 1,4 TWh anuales. El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima fija 20 TWh de biogás en 2030. La cuota no llega tan lejos, pero convierte el objetivo en demanda garantizada.

Sello de excelencia y garantías de origen

Dos piezas acompañan a la cuota. La primera es un sello de excelencia social, territorial y ambiental que el ministerio ya tramita por orden ministerial: las plantas que entren en operación después de la fecha en que empiecen a aplicarse las cuotas deberán tenerlo para que su producción compute. Es la respuesta del regulador a la contestación local que han sufrido algunos proyectos.

La segunda es la trazabilidad. El biometano que sirva para cumplir la obligación tendrá que llevar su garantía de origen, el certificado que ya gestiona el sistema español desde 2022 y que impide contar dos veces el mismo gas.

El texto también toca la infraestructura: regula la conexión de las instalaciones de producción de gases renovables al sistema gasista e incorpora como activos del sistema los equipos de flujo inverso, los que permiten que el gas inyectado en una red de distribución suba al gasoducto de transporte cuando la demanda local no lo absorbe.

Las alegaciones se pueden presentar hasta el 11 de junio de 2026.

Qué significa para tu instalación

Si produces o vas a producir biometano, la cuota te da algo que no tenías: un comprador obligado. Pero el gas solo cuenta si entra en la red, y entrar en la red exige un punto de inyección con regulación de presión, medida fiscal con corrector PTZ, análisis continuo de la calidad del gas y, según el punto, odorización. Ese conjunto es una estación de regulación y medida especializada, y su diseño depende del caudal, de la presión de la red de destino y de lo que exija la distribuidora o el transportista.

Si eres consumidor industrial, nada cambia en tu instalación: el biometano que reciba tu comercializadora llega por la misma red y con la misma calidad que el gas natural, y tu ERM lo mide igual. Si estás dimensionando una estación nueva, puedes calcularla ahora en el configurador de ERM; los módulos de inyección se estudian por proyecto con nuestro departamento técnico.

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